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Gestión de residuos líquidos hospitalarios

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Los residuos sanitarios u hospitalarios son aquellos generados en las actividades sanitarias. Buena parte de ellos se encuentran potencialmente contaminados con sustancias o líquidos biológicos, al haber sido utilizados en tratamientos clínicos. Es importante realizar una buena gestión de residuos líquidos hospitalarios por empresas especializadas y autorizadas como Torrent Gestión de Residuos Líquidos.

Este tipo de residuos, de tratamiento especial, proceden de:

  • Hospitales
  • Clínicas y sanatorios de medicina humana
  • Consultas de profesionales independientes
  • Centros de asistencia social
  • Laboratorios de investigación médica
  • Centros de atención primaria
  • Centros de salud
  • Centros de planificación
  • Cualquier otra que tenga relación con la salud humana
  • Centros y servicios veterinarios asistenciales
  • Tipos de residuos líquidos hospitalarios

    Los residuos sanitarios especiales (Grupo III), producidos como resultado de la actividad clínica y que se deben observar medidas de prevención en la gestión, dado que pueden representar un riesgo para la salud laboral y pública se clasifican en: infecciosos, anatómicos, sangre y hemoderivados, agujas y material punzante y cortante, vacunas y citostáticos. Su recogida se realiza a través de un gestor autorizado en bolsas de color rojo y contenedores de cierre hermético, trasladándose para su posterior tratamiento por un gestor autorizado de residuos como Torrent Gestión de Residuos Líquidos.

    Otro grupo de residuos (Grupo IV) lo componen aquellos que tienen una normativa específica de gestión: peligrosos no específicos de la actividad propiamente sanitaria (aceites usados, residuos radioactivos...)

    Almacenamiento de residuos líquidos hospitalarios

    El tiempo máximo de almacenamiento de los residuos peligrosos (grupo IV) es de 6 meses. El tiempo máximo de almacenamiento de los residuos especiales (grupo III) es de 1 semana.

    Ahora bien, siempre que se garantice la protección de la salud y el medio ambiente, el tiempo máximo de almacenamiento de los residuos especiales (grupo III) podrá ampliarse en los siguientes centros:

  • Mutuas, clínicas dentales y residencias de ancianos: 1 mes
  • Clínicas veterinarias, podológicas y centros de estética: 3 meses
  • Resto de actividades sanitarias menores: 6 meses